El tribunal de Mayor Riesgo A dictó 120 años de prisión inconmutables para el coronel Esteelmer Francisco Reyes Girón y 240 años de prisión para el comisionado militar Heriberto Valdéz Asig, acusados de delitos de deberes contra la humanidad, violencia sexual, esclavitud sexual y doméstica en contra de 11 mujeres q´eqchis, asesinato de tres mujeres madre y sus dos hijas y de la desaparición forzada de siete hombres (esposos de las mujeres sobrevivientes).
Los juzgadores establecieron que Heriberto Valdez Asig es responsable del delito de desaparición forzada de los señores Antonio Sub Coc, Manuel Cac, Santiago Cac Bá, Pedro Cac Bá, Abelardo Coc, Heriberto Choc y Juan Choc pues participó en su detención en forma violenta y dichas personas nunca volvieron a aparecer encuadrando su conducta en el delito de desaparición forzada, por lo que se le impuso la pena de 30 años de prisión por cada una de las desapariciones forzadas haciendo un total de 210 años de prisión inconmutables.
Esteelmer Francisco Reyes Girón es responsable como autoridad del delito de asesinato cometido en contra de Dominga Coc y sus dos hijas las niñas Anita y Hermelinda Coc Set, por lo que se le impuso la pena de 30 años de prisión por cada asesinato es decir 90 años de prisión inconmutables.
Tanto Reyes Girón como Valdez Asig el tribunal los señaló de responsables como autoridades de delitos contra los deberes de la humanidad cometidos en contra de la vida y la integridad de la población de Sepur Zarco especialmente de las señoras Rosa Tiul, Candelaria Maaz, María Bá Caal, Manuela Bá, Felisa Cuc, Vicenta Col Pop, Margarita Chub Choc, Cecilia Caal, Magdalena Pop, Carmen Xol Ical, Demesia Yat, Dominga Coc. Y sus hijas Anita Set Coc y Hermelinda Coc. Por tal delito se le impuso a cada acusado la pena de 30 años de prisión inconmutables.
Los juzgadores expresaron que creen firmemente que reconocer la verdad ayuda a sanar las heridas del pasado y la aplicación de la justica es un derecho que asiste a las víctimas. Haciendo conciencia que el tipo de hechos no debe volver a repetirse.
Jassmin Barrios presidenta del Tribunal de Mayor Riesgo A, al dar lectura a la sentencia dijo que la desaparición forzada es un delito que se proyecta en el tiempo y en el espacio se dice que es forzada porque precisamente no existe voluntad de parte de la víctima; las víctimas eran campesinos que fueron separados de sus hogares teniendo en común estar gestionando la tierra de sus comunidades.
Al señalar los delitos de deberes contra la humanidad dijo que el daño ocasionado es de carácter irreparable, se dañó el tejido social de toda una población y sus efectos son perceptibles para toda la sociedad guatemalteca,
Asimismo señaló que el profanar el cuerpo de las mujeres también constituyó una profanación para la comunidad y se convirtió a las mujeres en objetivo de guerra para lograr la aniquilación de quienes consideraban sus enemigos.
En cuanto al delito de desaparición forzada la juzgadora dijo que el dolor que experimentan los familiares trasciende el tiempo y el espacio, el dolor y la aflicción al no tener conocimiento del paradero de los seres queridos es fuerte porque no se logra cerrar las heridas existentes.
El Tribunal citó a los sujetos procesales para el 4 de marzo de 2016 a las 15:00 horas para la lectura íntegra de la sentencia y tomando en cuenta que es un fallo de carácter condenatorio y que existe el derecho de la reparación digna de las víctimas, el Tribunal citó a los sujetos procesales para el 2 de marzo de 2016 a las 8:30 en el nivel 15 de la Torre de Tribunales a la audiencia de reparación de las víctimas.
En declaraciones a diferentes medios de comunicación la representante de Mujeres Transformando el Mundo Paula Barrios, expresó que el Caso Sepur Zarco, representa un hecho trascendental e histórico no solo para el país centroamericano sino a nivel mundial, porque es el primer juicio contra personas vinculadas con las fuerzas armadas delimitando las modalidades de violencia Sexual, esclavitud sexual y esclavitud doméstica, que se cometieron delitos contra los deberes de humanidad establecidos en el artículo 378 del Código Procesal Penal.
20 días de audiencias
Día a día durante los 20 días que duró la audiencia las 11 mujeres q´eqchi´ víctimas de violencia sexual esclavitud sexual y doméstica por parte del ejército de Guatemala en tiempo del conflicto armado interno, se presentaban a la Sala de Vistas de la Corte Suprema de Justicia, quienes se hacía acompañar del equipo legal de Mujeres Transformando el Mundo MTM (quienes por varios años tuvieron a su cargo toda la estrategia legal), también eran acompañados por representantes del Ministerio Público y representantes legales de MTM, de la Unión Nacional de Mujeres Guatemalteca UNAMG y de la representante de la Colectiva Jalok U, querellantes en el caso.
Todo el tiempo sus rostros permanecieron cubiertos mientras transcurrían los días y veían pasar a testigos quienes narraron ante el tribunal lo que vivieron ellos y sus familias. Permanecieron todo el tiempo en sus lugares (al lado derecho de la Sala de Vistas) muy raras veces tomaban agua, y en más de una ocasión se observó que sus manos las llevaban a sus rostros para secarse las lágrimas que brotaban al escuchar y ver lo que se desarrollaba ante el Tribunal.
El día 20 la Sala de Vistas fue abarrotada por hombres y mujeres que se solidarizaron con las mujeres valientes, al escuchar la sentencia condenatoria la sala vibro de aplausos y de alegría al ver que se hacia justicia para las mujeres históricas de Sepur Zarco.
Antecedentes:
11 mujeres q´eqchis por más de 30 años tuvieron que esperar para ver sentenciados a quienes son los responsables de violación sexual, esclavitud sexual y doméstica en contra de las sobrevivientes, así como los responsables de desaparición forzada en contra de siete hombres esposos de las sobrevivientes y del asesinato de una madre y sus dos pequeñas hijas.
Para que las mujeres sobrevivientes de violencia y esclavitud sexual durante el Conflicto Armado Interno (CAI) accedieran a la justicia, por muchos años fueron acompañadas de manera psicosocial por organizaciones que integran la Alianza Rompiendo el Silencio y la Impunidad. Y por más de seis años el equipo legal de Mujeres Transformando el Mundo las acompañó para que el sueño de estar ante un tribunal fuera una realidad.
En el mes de septiembre del año 2011 se presentó la primera querella penal por los delitos “Contra los deberes de Humanidad y Genocidio” del “Caso Sepur Zarco” nombre que lleva el proceso penal, de la cual Mujeres Transformando el Mundo y la Unión Nacional de Mujeres Guatemaltecas son querellantes adhesivos. El caso es colectivo iy fue impulsado por 15 mujeres sobrevivientes de violencia sexual, esclavitud doméstica y esclavitud sexual en el destacamento militar y 5 Hombres sobrevivientes de Tortura, hechos ocurridos en 1982 en el marco del Conflicto Armado Interno guatemalteco.
Por. Equipo de Comunicación MTM