Comunicado de Prensa, MTM por una justicia sensible al Gênero

Somos una organización de mujeres feministas que desde nuestra creación brindamos acompañamiento integral a niñas, adolescentes y mujeres sobrevivientes de hechos de violencia contra la mujer, violencia sexual y brindamos acompañamiento en los casos de violencia sexual ocurrida durante el conflicto Armado vivido en el país.

Nuestro afán es luchar por la búsqueda de la justicia y para que las investigaciones se lleven respetando el debido proceso.

Basándonos en nuestros principios desde hace varios años iniciamos el trabajo con las valientes mujeres de Sepur Zarco brindándoles el acompañamiento legal y convirtiéndonos en querellantes adhesivos en el caso. Siendo el equipo legal de MTM el encargado de desarrollar toda la estrategia legal.

El camino por el cual nos llevaron las 15 mujeres valientes de Sepur Zarco, fue de mucho aprendizaje y retos para que después de 34 años de haber sido víctimas de violencia sexual, esclavitud sexual y doméstica, pudieran acceder a la justicia formal.

El camino emprendido por las valientes mujeres q´eqch´ al mostrar su perseverancia, valentía y coraje, hasta ver a los acusados obtener una sentencia condenatoria, a sido y será digno de reconocimiento a nivel nacional e internacional.

Los juzgadores establecieron que Heriberto Valdez Asig es responsable del delito de desaparición forzada de siete hombres, pues participó en su detención en forma violenta y dichas personas nunca volvieron a aparecer encuadrando su conducta en el delito de desaparición forzada, por lo que se le impuso la pena de 30 años de prisión por cada una de las desapariciones forzadas haciendo un total de 210 años de prisión inconmutables.

A Esteelmer Francisco Reyes Girón el Tribunal lo encontró responsable como autor del delito de asesinato cometido en contra de Dominga Coc y sus dos hijas las niñas Anita y Hermelinda Coc Set, por lo que se le impuso la pena de 30 años de prisión por cada asesinato es decir 90 años de prisión inconmutables.

Tanto Reyes Girón como Valdez Asig el tribunal los señaló de responsables como autoridades de delitos contra los deberes de la humanidad cometidos en contra de la vida y la integridad de la población de Sepur Zarco especialmente de once mujeres q´eqchi´ y de  Dominga Coc  y  sus hijas Anita Set Coc y Hermelinda Coc. Por tal delito se le impuso a cada acusado la pena de 30 años de prisión inconmutables.

Para Mujeres Transformando el Mundo la sentencia condenatoria emitida por el Tribunal de Mayor Riesgo A, es un mensaje de esperanza en los entes de justicia del país ya que es el primer caso en que se juzgan estos delitos en un tribunal guatemalteco y se obtiene una sentencia condenatoria, misma que ha sido aplaudida a nivel nacional e internacional.

Desde nuestra asociación seguiremos velando para que la reparación transformadora para las mujeres sobrevivientes sea efectiva; y que los entes correspondientes cumplan con las 18 medidas de reparación ordenadas por el tribunal de justicia.

Nuestro objetivo siempre será trabajar para la existencia y consolidación de una justicia penal sensible al género, desafiando al sistema judicial con casos paradigmáticos de situaciones de discriminación y violencia contra las mujeres.

Dentro de nuestros estatutos está el brindar acompañamiento en la búsqueda de la justicia a mujeres sin importar edad; litigando bajo el marco de litigio estratégico, este marco permite no solo visualizar únicamente una sentencia condenatoria sino una transformación del sistema judicial guatemalteco.

Encaminamos nuestras luchas y nuestras demandas por una reparación transformadora, correctiva y no discriminatoria, ésta reparación transformadora existente bajo el marco de litigio estratégico cuyo objetivo fundamental es transformar un Estado.

Seguimos reafirmando que el Estado debe cumplir con las medidas de reparación como garante de los derechos humanos y protector de la vida e integridad personal. Desde MTM reafirmamos que es fundamental las medidas de reparación transformadora que incluyen: restitución, rehabilitación, indemnización, garantías de no repetición y satisfacción.

 

 

Guatemala, abril 2016